El pasado 1 de marzo de 2026, la Agencia de Arrendamientos Juan Raíces celebró con orgullo 38 años de historia, consolidándose como una de las agencias pioneras en la prestación de servicios de arrendamientos, ventas de inmuebles, asesorías jurídicas e hipotecas en el municipio de Caldas, Antioquia.
Más que una empresa, Juan Raíces se ha convertido con el paso del tiempo en un referente de confianza para propietarios, arrendatarios e inversionistas, gracias a una trayectoria construida con seriedad, responsabilidad y compromiso con la comunidad.
Durante estas casi cuatro décadas, la agencia ha acompañado a cientos de familias en uno de los momentos más importantes de sus vidas: encontrar un hogar. Cada contrato firmado, cada inmueble entregado y cada asesoría brindada ha sido parte de una historia que hoy suma 38 años de servicio ininterrumpido.
Este aniversario no solo celebra el paso del tiempo, sino también el trabajo de quienes han hecho posible este camino: sus colaboradores, quienes día a día aportan profesionalismo y dedicación; sus clientes, que han depositado su confianza en la agencia; y su fundador, cuya visión permitió que este proyecto naciera y creciera hasta convertirse en un referente en el sector inmobiliario.
La celebración fue un momento para recordar el origen de la empresa, agradecer a quienes han sido parte de su historia y reafirmar el compromiso de seguir prestando un servicio cercano, transparente y humano.
A sus 38 años, la Agencia de Arrendamientos Juan Raíces mira hacia el futuro con el mismo espíritu con el que comenzó: ayudar a las personas a encontrar no solo un inmueble, sino un lugar para construir sus sueños.
Porque cuando la experiencia se une con la confianza, nacen historias que perduran en el tiempo. Y la historia de Juan Raíces sigue escribiéndose.
En Medellín y el Valle de Aburrá se ha observado un crecimiento de agencias de arrendamientos que, según denuncias, estarían operando sin ética: a algunos inquilinos les cobran anticipos elevados y, a su vez, no transfieren los cánones de arriendo a los propietarios como corresponde.
Varias personas afectadas relatan que las agencias, pese a aparentar formalidad, no realizan estudios de crédito adecuados y luego demoran o no realizan los pagos pactados, lo que genera conflictos entre arrendadores e inquilinos.
Expertos y representantes del gremio inmobiliario han advertido que, aunque no todas las agencias actúan de esta forma, estas malas prácticas pueden dañar la reputación del sector y recomiendan verificar la trayectoria y afiliación de las empresas antes de contratar.
Fuente:
🔗 Artículo original en El Colombiano: https://www.elcolombiano.com/medellin/agencia-arrendamientos-de-garaje-en-medellin-denuncia-EO33793337
La Tasa Especial de Seguridad y Convivencia Ciudadana es un tributo adoptado por la Gobernación de Antioquia con el propósito de fortalecer la financiación de iniciativas destinadas a mejorar la seguridad pública y la convivencia en todo el departamento. Esta contribución fue aprobada mediante la Ordenanza 50 de 2024 de la Asamblea Departamental de Antioquia y se encuentra vigente desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2027.
La tasa se liquida con base en el consumo del servicio público domiciliario de energía eléctrica de los suscriptores en el departamento, operando como base gravable la cantidad de kilovatios/hora (kWh) consumidos mensualmente.
OBJETO Y DESTINACIÓN DE LOS RECURSOS
Los recursos recaudados por esta tasa se destinan a financiar cinco líneas de inversión relacionadas con la seguridad y convivencia en Antioquia, entre las cuales se destacan:
- Dotación de tecnología y conectividad para la seguridad, incluyendo sistemas integrados de emergencia y vigilancia.
- Fortalecimiento de escuadrones militares y policiales.
- Construcción de infraestructura para atención a la población privada de la libertad.
- Mejoramiento de estaciones de Policía y bases militares.
- Intervención de espacios deportivos y de convivencia comunitaria.
SUJETOS PASIVOS Y APLICACIÓN POR SECTORES
La tasa grava a los suscriptores del servicio de energía eléctrica correspondientes a:
- Residenciales de estratos 4, 5 y 6.
- Sectores comercial, industrial y oficial.
Quedan exentos los suscriptores residenciales de los estratos 1, 2 y 3, así como aquellos cuyo consumo sea completamente autogenerado (por ejemplo, usuarios con paneles solares).
Para efectos prácticos, en un contexto de inmuebles arrendados, la contribución se genera sobre la energía eléctrica consumida en el inmueble, y el sujeto pasivo —es decir, quien debe responder ante la Gobernación— es quien aparece como suscriptor del servicio.
PERIODICIDAD, COBRO Y OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
La tasa puede liquidarse y cobrarse de forma mensual a través de plataformas habilitadas por la Gobernación (página web y canales electrónicos), aunque en algunos casos la factura física de la tasa puede llegar de forma trimestral.
El incumplimiento en el pago genera intereses de mora y puede derivar en procedimientos de cobro coactivo por parte de la Secretaría de Hacienda Departamental.
Por lo tanto, mantenerse al día en el pago de esta obligación tributaria no solo evita la generación de intereses de mora y procesos de cobro coactivo por parte de la administración departamental, sino que refleja un compromiso ciudadano con la legalidad, la corresponsabilidad social y el fortalecimiento institucional. En este sentido, se recomienda verificar periódicamente el estado de la obligación y cumplir oportunamente con su pago, en atención a las disposiciones vigentes de la Gobernación de Antioquia.
La Ordenanza 50 de 2024 se encuentra disponible para descarga en archivo PDF como anexo del presente artículo.
Con 37 años de trayectoria en el sector inmobiliario, Juan Raíces ha pasado de llevar el nombre personal de su fundador a consolidarse como una firma reconocida por su visión de servicio, experiencia y trabajo en equipo. La percepción del mercado frente a sus servicios ha sido la de una empresa seria, responsable y confiable.
El nuevo diseño de Juan Raíces representa una evolución hacia una marca más moderna, cercana y competitiva. Esta actualización reúne las pautas esenciales para aplicar la identidad visual de manera consistente, asegurando que cada comunicación proyecte los valores de confianza, profesionalismo y compromiso que caracterizan a la compañía.
Este proceso de rebranding es una una estrategia integral orientada a renovar y transformar la identidad de una marca existente, a partir de la revisión y actualización de sus principales elementos distintivos. En el caso de Juan Raíces, dicho proceso contempló la modificación y fortalecimiento de componentes visuales —como el logotipo, la paleta cromática y los lineamientos gráficos— así como la redefinición de los mensajes institucionales y del enfoque comunicacional de la marca.
Lejos de limitarse a un cambio estético, el rebranding de Juan Raíces S.A.S. respondió a una estrategia corporativa más amplia, encaminada a mejorar la percepción de la empresa en el mercado, reforzar su posicionamiento y facilitar una conexión más cercana con públicos actuales y potenciales. Este ejercicio permitió alinear la identidad visual con la evolución del negocio, las nuevas dinámicas del sector inmobiliario y las expectativas de un entorno cada vez más competitivo y digitalizado.
Asimismo, la transformación de la marca se concibió como una herramienta para adaptarse a los cambios del contexto, sin perder la esencia construida a lo largo de 37 años de trayectoria. La actualización de la identidad busca proyectar una imagen más moderna, coherente y accesible, capaz de dialogar con nuevas audiencias y de consolidar relaciones de confianza con clientes, aliados estratégicos y colaboradores.
En este marco, el manual de identidad visual adquiere un rol estratégico, al establecer directrices claras para el uso correcto y consistente de la marca en todos los canales de comunicación. Su aplicación adecuada garantiza la uniformidad gráfica y discursiva, contribuyendo a la construcción de una marca sólida, reconocible y alineada con los objetivos institucionales de Juan Raíces S.A.S.
El Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente al año 2025, certificado por el
Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), se ubica en 5,1 %,
porcentaje que constituye el límite máximo legal para el reajuste del canon de
arrendamiento en los contratos de vivienda urbana, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 20 de la Ley 820 de 2003.
La citada norma establece que el incremento del canon solo podrá aplicarse una vez
cumplidos doce (12) meses de ejecución del contrato bajo un mismo valor, y en ningún
caso podrá exceder el cien por ciento (100 %) del IPC del año calendario inmediatamente
anterior. En consecuencia, el reajuste no es automático ni anticipado, sino que debe
sujetarse estrictamente a la anualidad contractual y al porcentaje máximo permitido.
La aplicación del IPC en los términos señalados no tiene carácter obligatorio ni impositivo
para los contratos de arrendamiento con destinación comercial, los cuales se rigen por la
autonomía de la voluntad de las partes y por lo expresamente pactado en el respectivo
contrato.
En conclusión, el IPC del 5,1 % constituye el tope legal aplicable exclusivamente a los
contratos de arrendamiento de vivienda urbana que cumplan el año de vigencia, sin
extenderse de manera obligatoria a los contratos con destinación comercial.
El Boletín Técnico del DANE que certifica el IPC 2025 se adjunta como soporte del
presente documento.
